¿POR QUÉ ES IMPORTANTE REPASAR EL BORRADOR ANTES DE CONFIRMARLO?
El borrador es solo eso, un borrador. Puede contener errores y omisiones porque la agencia tributaria no dispone de todos los datos y tampoco de las variaciones que en nuestras circunstancias familiares puedan haberse producido.
ASPECTOS GENERALES QUE DEBEN REVISARSE EN EL BORRADOR ANTES DE CONFIRMARLO
- Datos personales: DNI, domicilio.
- Datos familiares: estado civil, nacimientos, viudez, convivencia con personas mayores.
- Datos patrimonio: vivienda habitual, otras propiedades.
- Datos financieros: Salarios, cuentas bancarias, inversiones/desinversiones.
APARTADOS A REVISAR
- Deducción por adquisición de vivienda. Siempre que la compra se hiciera antes de enero de 2013. Analizar posibilidad de deducción en caso de divorcio o separación.
- Deducción por alquiler de vivienda. Para los contribuyentes que tengan derecho al régimen transitorio.
- Deducción por donativos.
- Incluir las cuotas sindicales y/o las cuotas de colegios profesionales.
- Datos familiares: hay aspectos que representan algún tipo de deducción, tales como el nacimiento de un hijo o la pérdida del cónyuge (ocurrido durante el año 2019).
- Deducciones por maternidad / paternidad y gastos de guardería.
- Minusvalía. Inclusión del % de minusvalía reconocido oficialmente.
- Planes de pensiones. Que se incluyan las cantidades aportadas. Tanto las del propio declarante como las del cónyuge a cargo, (si las hubo y se tiene derecho).
- Pensiones compensatorias.
- Declaración individual vs declaración conjunta.
- Deducciones autonómicas (a analizar cada comunidad).
- Ingresos por alquiler de vivienda. Especial atención a todos los gastos que la ley permite deducir.
- Inclusión de los ingresos obtenidos por alquiler vacacional de inmuebles.
DEDUCCIÓN ESPECÍFICAS CATALUÑA (*)
Los contribuyentes que en 2019 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña podrán aplicar las siguientes deducciones autonómicas:
- Por el nacimiento o adopción de un hijo
- Por alquiler de la vivienda habitual
- Por el pago de intereses de préstamos para los estudios de máster y doctorado
- Para contribuyentes que hayan quedado viudos en los ejercicios 2017, 2018 y 2019
- Por donativos a entidades que fomentan el uso de la lengua catalana o de la occitana
- Por donativos a entidades que fomentan la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos
- Por rehabilitación de la vivienda habitual
- Por donaciones a determinadas entidades en beneficio del medio ambiente, la conservación del patrimonio natural y de custodia del territorio
- Inversión por un ángel inversor por la adquisición de acciones o participaciones sociales
- Tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual
(*) Siempre ajustándose a la normativa.